martes, 8 de mayo de 2018

Proceso Civil: ¿cómo es en el nuevo Código Procesal?



El cambio introducido son dos audiencias: una inicial para fijar el "hecho del proceso" y otra para que declaren los testigos y peritos.



Cuando una persona tiene un problema de índole civil- un accidente de tránsito, por ejemplo- que no puede solucionar directamente, debe realizar un pleito civil para que un juez reconozca su derecho y condene al responsable.


Para ello debe concurrir a un abogado, quien debe redactar un documento (demanda) que da inicio a un proceso civil a través de un instituto que se denomina acción procesal, que es una instancia necesariamente bilateral, o sea, entre dos o más partes.

La acción procesal da inicio a un proceso, que es un método de debate entre dos partes iguales en derecho ante un tercero imparcial e independiente, denominado Juez, quien no puede tener interés alguno en lo que juzga. De hacerlo, pierde su calidad de tercero y pasa a ser interesado en la causa.

Al recibir la demanda, como la satisfacción de lo pedido por el actor debe ser satisfecho con el patrimonio del demandado, el juez debe darle oportunidad de defenderse en juicio (artículo 18 Constitución Nacional).

El juez comunica la demanda por medio de un instrumento denominado cédula, haciéndole saber que tiene que comparecer al Tribunal y contestar el reclamo en un plazo establecido legalmente.


El demandado citado, por abogado, puede contestar la demanda o no concurrir al pleito, caso en que será declarado rebelde. Si decide comparecer, puede reconocer que el actor tiene razón- se denomina tal actitud como "allanamiento"- y el juez dictará inmediatamente sentencia.

También puede contestar, o sea negar lo que se afirmó en la demanda, en cuyo caso quien demanda carga con la prueba de lo que afirmó; o puede excepcionar, o sea, plantear algo que extingue o impide el reclamo, en cuyo caso cargará con la prueba de estas excepciones.

La ley establece a quien le corresponde probar un hecho por medio de una regla denominada "carga de la prueba".

En caso de existir versiones contradictorias entre los litigantes, a fin de confirmar a quién darle la razón, se pasa a una etapa denominada probatoria, en donde las partes incorporan al expediente sus pruebas.

Finalizada la etapa probatoria, se pasa a la etapa de alegación, donde cada litigante analiza las pruebas y el derecho aplicable, dando sus argumentos para convencer al juez.

Con posterioridad, los litigantes piden que el juez dicte sentencia en la causa. Quien resulte perdedor del pleito, puede atacar la sentencia mediante el recurso de apelación a fin que sea revisada.

La estructura de un pleito es: demanda- contestación- prueba- alegación- sentencia, y el reciente Código Procesal Civil, Comercial y Tributario sancionado no ha alterado está estructurada, sino que sólo acrecentó una regla denominada "oralidad".

El sistema continua siendo "dispositivo", o sea, donde los litigantes son quienes dicen qué y cuándo demandan y cuándo lo finalizan.

El cambio introducida por el nuevo código son dos audiencias: una inicial para fijar el "hecho del proceso" y las pruebas a rendirse, y otra final prevista para que declaran los testigos y peritos y se alegue.

El sistema oral requiere para su operatividad plena: jueces probos (honestos, trabajadores, capacitados en derecho y desempeño oral) y estructura judicial adecuada (suficiente cantidad de jueces que puedan resolver las causas que ingresan).

Considerando existente el primer requisito, el problema está en el segundo porque la estructura judicial se ha mantenido, entonces el sistema puede colapsar al tener mayor cantidad de causas de las posibles de resolver.

Si el cambio legislativo no se acompaña con mayor estructura, el Código no podrá funcionar, como sucede en el fuero laboral, que hoy con un sistema parecido tiene dos años de atraso.


***Fuente de la información: LOS ANDES

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Una nena de 12 años murió luego de que le cortaran los genitales

Una nena de doce años murió en Egipto luego de que le cortaron los genitales. La mutilación genital femenina se realiza en genera...